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Preguntas más frecuentes

Todavía es demasiado pronto para dar una respuesta rigurosa a esta pregunta. Se están empezando a conocer los datos de eficacia de los ensayos clínicos de fase III de cada una de las vacunas. Posteriormente, será necesario hacer seguimiento para evaluar la eficacia de las diferentes vacunas a lo largo del tiempo.

Los plazos de la Consulta Preliminar al Mercado (CPM) se rigen por la Resolución de 14 de marzo de 2019 por la que se convoca una consulta preliminar del mercado para el impulso en el desarrollo de proyectos singulares de innovación tecnológica en el ámbito de Tecnologías de la Información en materia sanitaria, publicada en el DOCM (Documento Oficial de Castilla-La Mancha) el 14 de marzo de 2019. Sin embargo, con el objetivo de agilizar el proceso se estiman los siguientes plazos aproximados:

 

  • Se publicó la consulta el día 14 de marzo de 2019.
  • El plazo deseado para la recepción de formularios finaliza el 23 de abril de 2019. 
  • La Dirección de Sistemas de Información del SESCAM podrá contactar con participantes concretos para recabar más información sobre su propuesta, aclarar dudas o solicitar demostraciones.
  • Durante el desarrollo de la consulta se analizará la información contenida en las propuestas recibidas con el objetivo de definir las especificaciones funcionales o técnicas detalladas que se puedan emplear en los procedimientos de contratación de bienes o servicios que con posterioridad se puedan convocar, entre otros, a través del procedimiento de Compra Pública de Innovación (CPI).
  • Se hará pública aquella información intercambiada con los participantes en el marco de esta convocatoria que garantice el cumplimiento de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación. Esta información se publicará mediante fichas de avance, jornadas públicas, documentos de información, mapas de demanda temprana u otros medios destinados a tal efecto por la Dirección de Sistemas de Información del SESCAM. Dicha información se hará pública, al menos, a través de éste sitio web.

Tal y como se establece en el punto 6 de la Resolución de marzo de 2019, el cierre de la consulta se determinará para cada reto publicado cuando la Dirección de Sistemas de Información del SESCAM estime que dispone de información suficiente sobre propuestas innovadoras para ese reto como para iniciar un eventual proceso de contratación pública de innovación, o considere que tal reto no ha generado suficiente interés en el mercado como para mantener la consulta, o considere que la oportunidad de plantear ese reto ha pasado.

 
El cierre de la consulta sobre un reto se anunciará con al menos dos semanas de antelación, publicándolo en sitio web arriba indicado. Se avisará del cierre de cada reto a todos los que hayan participado hasta ese momento en la consulta a través de la dirección de correo electrónico desde la que se envió la propuesta. Se podrá revocar el aviso de cierre de un reto en cualquier momento informando de ello por los mismos medios.

En caso de presentar “X” propuestas, es necesario cumplimentar “X”.

  • Finalizada la consulta, se publicará con suficiente antelación, en el sitio web habilitado al uso, el “mapa de demanda temprana” que contendrá información de las posibles futuras contrataciones o ayudas que se pretendan convocar, a los efectos de informar al mercado con la suficiente antelación para que pueda preparar las oportunas ofertas o solicitudes, y facilitar así la planificación y la reducción del riesgo.

 

  • La intención es comenzar la redacción y la tramitación de la licitación de CPI justo tras el cierre de la CPM.

Tal y como se establece en el punto noveno de la Resolución de 14 de marzo de 2019, el uso del contenido de las propuestas se limita exclusivamente a su posible inclusión en las especificaciones funcionales o técnicas de un eventual procedimiento de contratación posterior.

La gestión de los Derechos de Propiedad Intelectual (DPI) se regulará en los futuros pliegos de condiciones por los que se rijan las licitaciones de CPI. Sin perjuicio de lo anterior, no se estima necesario el requerimiento de royalties sobre las ventas de la innovación a terceros. 
No obstante, este punto es objeto de consulta y la decisión final estará condicionada por los resultados de la Consulta Preliminar al Mercado.

Efectivamente. En la CPM se pide que se detallen las soluciones innovadoras que se propongan como respuesta al reto planteado. Las conclusiones de la CPM se utilizarán de base para la redacción de la posterior licitación, que no podrá restringir la competencia por el hecho de haberse celebrado las CPM. La inclusión de marcas, o productos concretos sujetos a patente en la licitación podría restringir la competencia y es por ello por lo que la resolución que rige la CPM solicita que las propuestas no las incluyan.

Con carácter general, aquella información relativa a las especificaciones funcionales de la solución propuesta, con el objetivo de solventar el reto anunciado las entidades partícipes podrán aportar información adicional al formulario y, en su caso, información confidencial relativa a la solución propuesta que permita conocer mejor las especificaciones funcionales de la misma. Podrán para ello adjuntar información al formulario establecido, señalando la misma como confidencial, en su caso.

Normalmente tras el nacimiento, el cordón umbilical y la sangre que contiene son desechados. Sin embargo, hace unos años se descubrió que la sangre del cordón umbilical contiene “células madre”, especializadas en la renovación de las células sanguíneas.

 

Estas “células madre” de la sangre de cordón umbilical pueden ser beneficiosas si se trasplantan a otros pacientes cuya médula ósea esté enferma. El trasplante a terceros permite producir nuevas células sanguíneas sanas, imprescindibles para la vida.
 

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