Ir a versión para imprimirVer la página en PDF

Preguntas más frecuentes

 

Si ha solicitado todas las plazas convocadas en su categoría y Área de Salud, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes o pasar a la situación de excedencia voluntaria.

Si NO ha solicitado todas las plazas convocadas en su categoría y Área de Salud, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberá permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional.

No. Sólo se deberá haber tomado posesión de la plaza (desempeñada o reservada) hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Al último día de plazo de presentación de solicitudes y se deben mantener a lo largo de todo el procedimiento y hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada.

Si, ya que la participación en un concurso de traslados es una forma de reingreso al servicio activo.

Siempre que haya transcurrido el tiempo mínimo de permanencia en esta situación, que es de dos años, se podrá participar en el Concurso.

No necesariamente.

Si participas en el Concurso desde una situación con reserva de plaza (Ej. Excedencia por cuidado de familiares) y obtienes plaza, podrás tomar posesión de la misma, aunque la incorporación efectiva se realice a la finalización de esa situación, debiendo comunicar en el plazo de toma de posesión, la opción de continuar en dicha situación administrativa.

No, pero si la plaza que ocupas en comisión de servicio está vacante e incluida en el Anexo II del Concurso, podrá ser adjudicada a un concursante, en cuyo caso finalizaría tu comisión de servicio debiendo reincorporarte a la plaza de la que eres propietario.

Son aquellas plazas que quedan vacantes porque sus propietarios obtienen una nueva plaza en el Concurso.

Las plazas que pueden quedar vacantes en el turno de Resultas son las que figuran en el Anexo III de la convocatoria.

Cada concursante podrá solicitar, por su orden de preferencia, todas las plazas que resulten de su interés, vacantes (Anexo II); de Resultas (Anexo III) o de ambos Anexos.

Por tanto, el plazo de solicitud es único y común para ambos tipos de plazas.

La adjudicación de las plazas de Resultas se realizará de forma automática y simultánea a la del resto de plazas.

Las plazas (tanto Vacantes como de Resultas) vienen precedidas de un código (número) que la identifica. En la pantalla de selección de plazas deberás ir seleccionando los distintos códigos, por orden de preferencia.

 

Un único código puede identificar a varias plazas, por lo que sólo debes escribirlo una vez. Ej. En el Hospital Universitario de Albacete en la categoría de Enfermero/a el código 67 identifica 300 vacantes. Si estas interesado/a en una de estas plazas, sólo debes escribir el código una vez.

Páginas