all (preguntas más frecuentes)
La vacuna únicamente está contraindicada en personas que hayan presentado una reacción de hipersensibilidad (de tipo anafiláctico) a una dosis previa de vacuna COVID-19 o a alguno de los componentes de la misma.
Se recomienda posponer la vacunación de personas con antecedentes de reacciones alérgicas graves (anafilácticas), especialmente si precisan llevar consigo un dispensador de adrenalina autoinyectable. Esta vacunación se valorará cunado se disponga de más información sobre estas situaciones.
Las citas de teleconsulta son el mecanismo que permite hablar con un profesional a través de una llamada de teléfono concertada que el profesional realiza al usuario.
Cuando solicitas una cita de teleconsulta, puedes introducir el teléfono al que deseas que te llamen en esa teleconsulta. Si no introduces ningún número de teléfono, el profesional te llamará al número de teléfono que tienes anotado en tus datos de contacto en el sistema de información de Tarjeta Sanitaria. Puedes consultar tus datos de contacto en el módulo de Mi Perfil de Mi Salud Digital.
El número de teléfono que debes introducir tiene que ser un número válido formado por 9 dígitos. No se admiten números de teléfono de otros países.
Si estás identificado en la plataforma de Mi Salud Digital con cualquiera de los mecanismos habilitados para ello, el sistema te mostrará tu teléfono de contacto en la pantalla de solicitud de datos adicionales para la teleconsulta. Puedes confirmar el número propuesto o cambiarlo por otro. En estos casos, si detectas que hay algún error en tu número de contacto, te aconsejamos entrar en el módulo de Mi Perfil con un mecanismo de identificación seguro y cambiarlo para asegurar que tu información de contacto es correcta.
Ten en cuenta que la hora de una cita de teleconsulta será aproximada y puede producirse incluso antes de la hora programada.
Se entienden admitidas o rechazadas en la Resolución definitiva del concurso. No se comunicarán individualmente.
No es obligatorio introducir el número de teléfono al que deseas que te llame el profesional en una teleconsulta, pero es recomendable.
Si no introduces ningún número de teléfono, el profesional te intentará llamar al teléfono de contacto que tienes en tu perfil de usuario del sistema de información de Tarjeta Sanitaria. Puedes cambiar en ese número de teléfono entrando en el módulo de “Mi Perfil” de Mi Salud Digital de forma autenticada.
El número de teléfono que debes introducir tiene que ser un número válido formado por 9 dígitos. No se admiten números de teléfono de otros países.
Únicamente el personal estatutario procedente de otros Servicios de Salud que aparezcan como adjudicatarios en la Resolución de adjudicación provisional, deberán aportar la citada certificación en el plazo de quince días, contado a partir del siguiente al de la publicación en el DOCM de dicha Resolución, siempre que hayan indicado en la solicitud que no se oponen a la consulta al Sescam.
En caso de no señalar nada se presumirá que la consulta u obtención es autorizada.
En la versión actual, una vez confirmada una cita de teleconsulta, no es posible cambiar el número de teléfono al que desea que te llamen, el cual introdujiste al crear la cita. Si deseas cambiar el teléfono al que deseas que te llamen en una teleconsulta, tienes dos alternativas:
- Ponerte en contacto con tu Centro de Salud para que te lo cambien en la cita directamente. Puedes hacerlo a través de cualquiera de los mecanismos habilitado para ello, que puedes consultar en la sección “Contacto”.
- Anular la cita y solicitar una nueva, introduciendo correctamente el número de teléfono al que deseas que te llamen durante el proceso de citación.
No, la publicación en el DOCM y en la Web del Sescam sirve de notificación a los interesados, no habiendo lugar a comunicación individualizada.
Las personas concursantes que obtengan plaza vacante (Anexo II de la convocatoria) deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el DOCM. En el caso de que la plaza obtenida sea del turno de Resultas (Anexo III de la convocatoria), el concursante deberá cesar el día siguiente al que se produzca el cese del titular.
La vacunación debe posponerse en personas con enfermedad aguda grave, pero una enfermedad leve sin fiebre o sin afectación sistémica no es una razón válida para posponer la vacunación. En todo caso, la idea es evitar una posible confusión que haga atribuir erróneamente los síntomas de una enfermedad aguda como posibles reacciones a la vacuna.
En el caso de que la plaza obtenida sea del turno de Resultas (Anexo III de la convocatoria), el concursante deberá cesar el día siguiente al que se produzca el cese del titular.