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Tarjeta para la atención sanitaria

Para obtener esta tarjeta se podrá cumplimentar la solicitud en formato papel o bien en formato electrónico.

SOLICITUD EN FORMATO ELECTRÓNICO.- Se deberá cumplimentar y registrar a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, https://www.jccm.es, o bien de la página web del SESCAM, http://sanidad.castillalamancha.es. Acceda a su solicitud en sede electrónica

 

SOLICITUD EN FORMATO PAPEL.- La solitud conforme al modelo adjunto se presentará en el centro de salud correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Descargue su solicitud en papel (Anexo I).

 

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.
  • Certificado de empadronamiento en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 

Excepcionalmente, en aquellos casos en que un ciudadano con residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha no pueda acreditar su empadronamiento, este podrá ser sustituido por un informe social favorable sobre las especiales circunstancias que puedan impedir la presentación del certificado de empadronamiento. Este informe deberá ser emitido, a petición del interesado, por un trabajador social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o del Ayuntamiento que corresponda por motivo de su residencia.

Una vez solicitada la Tarjeta para la Atención Sanitaria y hasta su recepción, tendrá validez la copia de la solicitud de dicha tarjeta, a efectos de acreditación del derecho de la asistencia sanitaria.

Desde el momento en el que se obtiene esta tarjeta tiene una validez de 12 meses.

Su renovación se efectuará previa petición del interesado que deberá iniciar el procedimiento con un plazo de antelación de dos meses a la finalización de su vigencia, en la forma establecida para la expedición inicial.

El plazo máximo para la resolución de la renovación será de un mes desde la entrada de la solicitud en el Órgano competente para su tramitación. Transcurrido el plazo máximo para resolver sin notificar resolución expresa, el interesado podrá entender estimada su renovación.

El interesado deberá comunicar al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha cualquier modificación de las circunstancias personales y de residencia que puedan suponer la extinción de la prestación de asistencia sanitaria por incumplimiento de los requisitos establecidos.

Esta comunicación deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde el momento en que se produzca dicha modificación y de acuerdo con el siguiente modelo de solicitud:

Puede hacerlo en formato electróncico o en papel:

En formato electrónico: MODIFICACIÓN DE LAS CIRSCUNSTANCIAS PERSONALES Y DE RESIDENCIA QUE SUPONGAN EXTINCIÓN DE LA PRESTACIÓN 

En papel: MODIFICACIÓN DE LAS CIRSCUNSTANCIAS PERSONALES Y DE RESIDENCIA QUE SUPONGAN EXTINCIÓN DE LA PRESTACIÓN (Anexo II)

La Tarjeta para la Atención Sanitaria en el SESCAM dejará de ser válida por alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando se dejen de cumplir los requisitos establecidos en la Orden 9/02/2016, de la Consejería de Sanidad, de acceso universal a la atención sanitaria en Castilla-La Mancha.  

 

  • Cuando no se haya renovado en el plazo y forma requerido.

 

  • Por decisión de la persona interesada.

 

  • Por utilización inadecuada o fraudulenta.

 

  • Por incumplimiento de lo establecido en relación a la modificación de las circunstancias personales y de residencia que puedan suponer la extinción de la prestación (art. 7.3 de la Orden 9/02/2016, de la Consejería de Sanidad).