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Concurso de traslados (preguntas más frecuentes)

Son aquellas plazas que quedan vacantes porque sus propietarios obtienen una nueva plaza en el Concurso.

Las plazas que pueden quedar vacantes en el turno de Resultas son las que figuran en el Anexo III de la convocatoria.

Cada concursante podrá solicitar, por su orden de preferencia, todas las plazas que resulten de su interés, vacantes (Anexo II); de Resultas (Anexo III) o de ambos Anexos.

Por tanto, el plazo de solicitud es único y común para ambos tipos de plazas.

La adjudicación de las plazas de Resultas se realizará de forma automática y simultánea a la del resto de plazas.

Las plazas (tanto Vacantes como de Resultas) vienen precedidas de un código (número) que la identifica. En la pantalla de selección de plazas deberás ir seleccionando los distintos códigos, por orden de preferencia.

 

Un único código puede identificar a varias plazas, por lo que sólo debes escribirlo una vez. Ej. En el Hospital Universitario de Albacete en la categoría de Enfermero/a el código 67 identifica 300 vacantes. Si estas interesado/a en una de estas plazas, sólo debes escribir el código una vez.

Si. Podrán solicitarse plazas de más de una categoría, pero deberá presentarse una única solicitud y la adjudicación se realizará solamente en una de las categorías por las que has optado.

La aplicación informática permite esta posibilidad, indicando la situación administrativa en la que te encuentras con respecto a cada una de las plazas.

De acuerdo con las últimas modificaciones de Resolución publicadas en el DOCM la finalización de los plazos se ha visto alterada y quedaría de la siguiente forma:

 

- Personal Facultativo Especialista de Área y Atención Primaria: desde el día 28 de junio al día 10 de agosto.

- Personal Sanitario de Grado Diplomado y Técnico y Personal de Gestión y Servicios: desde el día 28 de junio al día 16 de agosto.

Únicamente de forma electrónica, a través de la aplicación informática habilitada al efecto en la web del Sescam (https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesiona...)

Los servicios prestados en el Sescam se acreditarán de oficio, por lo que no deberás aportar documentación alguna al respecto.

 

La documentación que no se encuentre en poder del SESCAM será aportada por el propio aspirante y deberá acompañarla junto con la solicitud, para su verificación por la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam, conforme a lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.

 

Toda esta documentación se adjunta en las distintas opciones que ofrece la aplicación informática durante la cumplimentación de la solicitud de participación.

 

Asimismo, deberás adjuntar los documentos acreditativos de los servicios prestados indicados en el Anexo IV-B

Durante el plazo de presentación las personas concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes mediante una nueva instancia que anulará totalmente la anterior.

 

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, su contenido tendrá carácter vinculante y, en consecuencia, no será posible su modificación.

Hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso, podrás desistir de tu solicitud.

Los servicios prestados en el Sescam se acreditarán de oficio, por lo que no deberás presentar documentación alguna al respecto.

Los servicios prestados en cualquiera de los centros dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha también se acreditarán de oficio, salvo que NO autorices en la solicitud a que sean recabados por el Sescam. En este caso, si deberás aportar la documentación acreditativa.

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