Programas de Detección Precoz - Preguntas más frecuentes
Identificación en Mi Salud Digital
El Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) es el documento que acredita física y digitalmente la identidad personal de su titular, permite la firma electrónica de documentos y otorga la posibilidad a su portador de utilizar la identidad electrónica en los servicios digitales disponibles.
Lo conforma el propio DNI de una persona física y un chip integrado que contiene la información que aparece en el documento de identidad, junto con un Certificado de Autenticación y otro de Firma Electrónica.
Puedes encontrar toda la información sobre cómo utilizarlo en:
El certificado digital es un mecanismo electrónico emitido por una autoridad de certificación (CA) que permite identificar a una persona física o jurídica para la realización de trámites telemáticos, garantizando la seguridad de la información que poseen.
Este certificado, también conocido como Certificado de Persona Física o de Usuario, es un documento digital que contiene sus datos identificativos. Te permitirá identificarte en Internet e intercambiar información con otras personas y organismos, con la garantía de que solo tu y tu interlocutor pueden acceder a ella.
La FNMT es una de las Autoridades de Certificación (CA) donde se puede obtener el certificado digital.
Puedes encontrar toda la información sobre cómo obtenerlo y utilizarlo en el siguiente enlace:
https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica
Cl@ve Permanente es un mecanismo del sistema Cl@ve que proporciona contraseña de validez duradera en el tiempo, pero no ilimitada. Es un sistema de acceso mediante usuario y contraseña, reforzado con claves de un solo uso remitido por SMS para registros de nivel avanzado.
Puedes encontrar toda la información en:
Existen dos opciones para identificarte en el sistema Cl@ve:
- Opción 1: A través de internet con certificado electrónico o DNI electrónico (DNIe).
- Opción 2: Presencialmente en una oficina de registro.
Puedes consultar la información necesaria para el registro en los siguientes enlaces:
Consultar oficinas de registro:
https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinasEGEO/encuentraOficina.htm
Consultar proceso de registro:
https://clave.gob.es/clave_Home/registro/Como-puedo-registrarme.html
Consultar ayuda sobre el proceso de identificación:
https://clave.gob.es/clave_Home/clave/funcionalidad.html
Para identificarte en Mi Salud Digital, debes pulsar en la opción “Identificarme” que aparece en la pantalla inicial de la plataforma de Mi Salud Digital en cualquiera de sus versiones.
Esta opción muestra los diferentes métodos de identificación segura en Mi Salud Digital a través de la plataforma de Cl@ve de identificación para las Administraciones.
Sigue los pasos indicados en cada uno de ellos para identificarte en el sistema.
Una vez identificado a través de la plataforma de Cl@ve en Mi Salud Digital, podrás acceder a todos los módulos que requieren identificación segura.
En caso de problemas en la identificación con el sistema Cl@ve, puedes consultar la ayuda disponible del sistema Cl@ve en el siguiente enlace:
https://clave.gob.es/clave_Home/clave/Preguntas-frecuentes.html
Incapacidad Temporal
Es una de las prestaciones más importantes de nuestro Sistema de Seguridad Social con su doble vertiente sanitaria y económica.
A través de esta prestación un trabajador afectado por una enfermedad o lesión que le incapacite para realizar su trabajo puede, temporalmente, ausentarse del mismo con el objeto de restablecer su salud, al tiempo que puede generar un subsidio económico que sustituya parcialmente los ingresos que dejan de percibirse.
Cuando el/la trabajador/a que se encuentra en la situación descrita en el párrafo anterior acude su médico de Atención Primaria y éste le extiende el correspondiente parte médico de baja, para ello debe cumplir con los requisitos que se explican en el siguiente gráfico.
El termino contingencia hace referencia a la causa que provoca la pérdida de salud susceptible de originar la incapacidad temporal. La Ley General de Seguridad Social distingue cuatro tipos:
a) Accidente de trabajo.- Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
b) Enfermedad profesional.- La contraída a consecuencia del trabajo por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe y que, además, esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indican para cada una de la Enfermedades Profesionales.
c) Accidente no laboral.- Toda lesión súbita sucedida fuera del ámbito laboral y no definida como Accidente de Trabajo.
d) Enfermedad común.- Todas las alteraciones de la salud no contempladas en los tres apartados anteriores.
Los partes médicos de baja y confirmación son los documentos legales que justifican el inicio o mantenimiento de la situación clínica que impide realizar la actividad laboral habitual. Su emisión debe ir precedida de un reconocimiento médico al trabajador.
El parte de baja debe ser expedido por un médico del Sistema Nacional de Salud (por lo general su médico de familia o especialista en caso de hospitalización), o de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social (en caso de contingencia profesional -accidente laboral o enfermedad profesional-).
REFERENCIA NORMATIVA: RD 625/2014, de 18 de julio, que regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.