¿Qué diferencia hay entre la contingencia común y profesional?

Mié, 02/12/2015 - 11:52 -- JOSE ANTONIO ZA...

El termino contingencia hace referencia a la causa que provoca la pérdida de salud susceptible de originar la incapacidad temporal. La Ley General de Seguridad Social distingue cuatro tipos:

a)     Accidente de trabajo.- Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

b)     Enfermedad profesional.- La contraída a consecuencia del trabajo por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe y que, además, esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indican para cada una de la Enfermedades Profesionales.

c)     Accidente no laboral.- Toda lesión súbita sucedida fuera del ámbito laboral y no definida como Accidente de Trabajo.

d)     Enfermedad común.- Todas las alteraciones de la salud no contempladas en los tres apartados anteriores.

 
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