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Preguntas frecuentes sobre el concurso de traslados

El personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad en la categoría, y en su caso especialidad a la que se concurse, que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • En servicio activo o situación distinta a la de servicio activo con reserva de plaza. Se deberá haber tomado posesión de la plaza (desempeñada o reservada) hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

  • En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: Se deberán reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo, el último día del plazo de presentación de solicitudes

  • Quienes estén en situación de suspensión firme mientras se encuentren en esta situación administrativa.

  • Quienes estén en situación distinta a la de activo, sin reserva de plaza y no reúnan los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo.

El personal que se encuentra en situación de reingreso con carácter provisional en el Sescam.

Quiénes se encuentren en esta situación y no participen en el Concurso serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional.

 

Si ha solicitado todas las plazas convocadas en su categoría y Área de Salud, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes o pasar a la situación de excedencia voluntaria.

Si NO ha solicitado todas las plazas convocadas en su categoría y Área de Salud, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberá permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional.

No. Sólo se deberá haber tomado posesión de la plaza (desempeñada o reservada) hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Al último día de plazo de presentación de solicitudes y se deben mantener a lo largo de todo el procedimiento y hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada.

Si, ya que la participación en un concurso de traslados es una forma de reingreso al servicio activo.

Siempre que haya transcurrido el tiempo mínimo de permanencia en esta situación, que es de dos años, se podrá participar en el Concurso.

No necesariamente.

Si participas en el Concurso desde una situación con reserva de plaza (Ej. Excedencia por cuidado de familiares) y obtienes plaza, podrás tomar posesión de la misma, aunque la incorporación efectiva se realice a la finalización de esa situación, debiendo comunicar en el plazo de toma de posesión, la opción de continuar en dicha situación administrativa.

No, pero si la plaza que ocupas en comisión de servicio está vacante e incluida en el Anexo II del Concurso, podrá ser adjudicada a un concursante, en cuyo caso finalizaría tu comisión de servicio debiendo reincorporarte a la plaza de la que eres propietario.

Son aquellas plazas que quedan vacantes porque sus propietarios obtienen una nueva plaza en el Concurso.

Las plazas que pueden quedar vacantes en el turno de Resultas son las que figuran en el Anexo III de la convocatoria.

Cada concursante podrá solicitar, por su orden de preferencia, todas las plazas que resulten de su interés, vacantes (Anexo II); de Resultas (Anexo III) o de ambos Anexos.

Por tanto, el plazo de solicitud es único y común para ambos tipos de plazas.

La adjudicación de las plazas de Resultas se realizará de forma automática y simultánea a la del resto de plazas.

Las plazas (tanto Vacantes como de Resultas) vienen precedidas de un código (número) que la identifica. En la pantalla de selección de plazas deberás ir seleccionando los distintos códigos, por orden de preferencia.

 

Un único código puede identificar a varias plazas, por lo que sólo debes escribirlo una vez. Ej. En el Hospital Universitario de Albacete en la categoría de Enfermero/a el código 67 identifica 300 vacantes. Si estas interesado/a en una de estas plazas, sólo debes escribir el código una vez.

Si. Podrán solicitarse plazas de más de una categoría, pero deberá presentarse una única solicitud y la adjudicación se realizará solamente en una de las categorías por las que has optado.

La aplicación informática permite esta posibilidad, indicando la situación administrativa en la que te encuentras con respecto a cada una de las plazas.

De acuerdo con las últimas modificaciones de Resolución publicadas en el DOCM la finalización de los plazos se ha visto alterada y quedaría de la siguiente forma:

 

- Personal Facultativo Especialista de Área y Atención Primaria: desde el día 28 de junio al día 10 de agosto.

- Personal Sanitario de Grado Diplomado y Técnico y Personal de Gestión y Servicios: desde el día 28 de junio al día 16 de agosto.

Únicamente de forma electrónica, a través de la aplicación informática habilitada al efecto en la web del Sescam (https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesiona...)

Los servicios prestados en el Sescam se acreditarán de oficio, por lo que no deberás aportar documentación alguna al respecto.

 

La documentación que no se encuentre en poder del SESCAM será aportada por el propio aspirante y deberá acompañarla junto con la solicitud, para su verificación por la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam, conforme a lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.

 

Toda esta documentación se adjunta en las distintas opciones que ofrece la aplicación informática durante la cumplimentación de la solicitud de participación.

 

Asimismo, deberás adjuntar los documentos acreditativos de los servicios prestados indicados en el Anexo IV-B

Durante el plazo de presentación las personas concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes mediante una nueva instancia que anulará totalmente la anterior.

 

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, su contenido tendrá carácter vinculante y, en consecuencia, no será posible su modificación.

Hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso, podrás desistir de tu solicitud.

Los servicios prestados en el Sescam se acreditarán de oficio, por lo que no deberás presentar documentación alguna al respecto.

Los servicios prestados en cualquiera de los centros dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha también se acreditarán de oficio, salvo que NO autorices en la solicitud a que sean recabados por el Sescam. En este caso, si deberás aportar la documentación acreditativa.

Únicamente podrás aportarlos cuando, dentro del plazo de presentación de solicitudes, hayas adjuntado solicitud de expedición del certificado.

Hasta el día de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Recibirás en tu teléfono móvil un aviso de envío de correo electrónico con tu relación de méritos por servicios prestados que serán objeto de valoración.

Deberás responder por correo electrónico en el plazo de 15 días notificados. Si no contestas, se entiende que estás conforme con dicha relación de méritos.

Es la relación provisional donde aparecen las personas excluidas del Concurso, por carecer de alguno de los requisitos, presentar la solicitud fuera de plazo u otros.

 

Se publica en la Web del Sescam (https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesiona...) y en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Si apareces en ella como excluido, dispondrás de un plazo de 10 días hábiles para subsanar los defectos, si fueran subsanables.

 

Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Dirección General de Recursos Humanos publicará en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en la Web del Sescam (https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesiona...), la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Es la relación de personas participantes en el Concurso que, provisionalmente, de acuerdo con el baremo han obtenido plaza.

Quince días hábiles a contar desde la publicación de la Resolución en el DOCM

Se entienden admitidas o rechazadas en la Resolución definitiva del concurso. No se comunicarán individualmente.

Únicamente el personal estatutario procedente de otros Servicios de Salud que aparezcan como adjudicatarios en la Resolución de adjudicación provisional, deberán aportar la citada certificación en el plazo de quince días, contado a partir del siguiente al de la publicación en el DOCM de dicha Resolución, siempre que hayan indicado en la solicitud que no se oponen a la consulta al Sescam.

En caso de no señalar nada se presumirá que la consulta u obtención es autorizada.

No, la publicación en el DOCM y en la Web del Sescam sirve de notificación a los interesados, no habiendo lugar a comunicación individualizada.

Las personas concursantes que obtengan plaza vacante (Anexo II de la convocatoria) deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el DOCM. En el caso de que la plaza obtenida sea del turno de Resultas (Anexo III de la convocatoria), el concursante deberá cesar el día siguiente al que se produzca el cese del titular.

En el caso de que la plaza obtenida sea del turno de Resultas (Anexo III de la convocatoria), el concursante deberá cesar el día siguiente al que se produzca el cese del titular.

Contacta con la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam en los siguientes teléfonos:

  • 925 27 44 50
  • Extensiones:
    • 75082
    • 75081
    • 75079