¿Quién puede dar una baja médica?
Los partes médicos de baja y confirmación son los documentos legales que justifican el inicio o mantenimiento de la situación clínica que impide realizar la actividad laboral habitual. Su emisión debe ir precedida de un reconocimiento médico al trabajador.
El parte de baja debe ser expedido por un médico del Sistema Nacional de Salud (por lo general su médico de familia o especialista en caso de hospitalización), o de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social (en caso de contingencia profesional -accidente laboral o enfermedad profesional-).