Solicitud

La información que aquí se facilita lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para la administración.

 

Presentación preferentemente por vía telemática

Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía telemática.

Cumplimentación: La solicitud de participación en el proceso selectivo estará disponible en:

Quien desee participar en alguno de los procesos convocados deberá acceder a la solicitud mediante una aplicación ubicada en la siguiente dirección:

 http://oeps20172018-sescam.castillalamancha.es

1. Solicitud Telemática.

A través de la aplicación indicada, se cumplimentará la solicitud y se procederá, siguiendo las instrucciones que indique la propia aplicación, al registro electrónico de la misma, con la posibilidad de dos modalidades de pago de la tasa por derechos de examen:

 

Pago electrónico.- En el mismo acto de presentación electrónica de la solicitud y siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago electrónico de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas vaya indicando.

 

Pago presencial en banco.- En cuyo caso la aplicación genera el modelo de pago 046 denominado: “Tasas, precios públicos y otros ingresos” para su impresión y posterior pago presencial en cualquiera de la Entidades colaboradoras que se incluyen en la página http://tributos.jccm.es/entidades.php

 

Si se opta por esta modalidad de pago, se deberá presentar el ejemplar para la administración debidamente validado por la entidad bancaria, mediante documento escaneado junto con la solicitud telemática, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

 

Con la presentación telemática se podrá adjuntar, en su caso, la documentación relativa a:

DATOS DISCAPACIDAD:

  • Acreditación del grado de discapacidad
  • Dictamen técnico facultativo

Y la documentación relativa a la justificación de la condición de demandante de empleo no ocupado (desempleado), si ha solicitado la exención del pago de la correspondiente tasa.

El acceso a la solicitud telemática permitirá la descarga e impresión de un documento que contendrá los datos de la solicitud así como el número de registro correspondiente y de transacción telemática de pago, para el caso de que se abonen los derechos de examen de forma telemática; este documento servirá, a todos los efectos, como justificante de su presentación.
 

2. Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial.

Quienes opten por la cumplimentación y presentación de la solicitud en papel, deben cumplimentar e imprimir por duplicado el documento de solicitud de participación que se encuentra disponible en la señalada aplicación para su posterior firma y presentación en las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, además de en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas antes de ser certificadas, acompañándose, en su caso, la siguiente documentación:

TASA POR DERECHOS DE EXAMEN:

  • Documento 046 debidamente sellado por la Entidad Bancaria, acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o bien la documentación relativa a la justificación de la condición de demandante de empleo no ocupado (desempleado), si ha solicitado la exención del pago de la correspondiente tasa. 

 

Asimismo y en su caso, deberá presentar:
DATOS DISCAPACIDAD

  • Acreditación del grado de discapacidad
  • Dictamen técnico facultativo

 

Las personas participantes sólo podrán presentar una única solicitud por cada uno de los procesos selectivos convocados.
 

Si he cumplimentado y tramitado solicitudes de distintas categorías, ¿se atenderá a todas ellas? 

En este caso, todas las solicitudes serán válidas siempre y cuando cumplan con los requisitos que se indica en la convocatoria, pero no se garantiza que el personal aspirante pueda realizar las correspondientes pruebas por posibles coincidencias en fechas.

En todo caso, no será procedente la devolución de la tasa a aquellas personas aspirantes que hayan sido admitidas para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintas categorías o especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios.