Prestación de ayuda para morir. Ley de eutanasia

El 25 de junio de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

 

La ley pretende dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a una demanda que se viene haciendo patente desde diversas asociaciones, entidades y grupos de pacientes.

 

Para ello introduce en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual de ayuda para morir o eutanasia, definida como la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.

 

Según define esta Ley, la eutanasia conecta con un derecho fundamental de la persona constitucionalmente protegido como es la vida, junto con otros derechos y bienes igualmente protegidos constitucionalmente, como son la integridad física y moral de la persona, la dignidad humana, el valor superior de la libertad, la libertad ideológica y de conciencia o el derecho a la intimidad.

 

Así, la Ley 3/2021, lo largo de su articulado expresa los requisitos para que las personas mayores de edad, en pleno uso de sus facultades, puedan solicitar la prestación de ayuda para morir y las condiciones para su ejercicio, el procedimiento que se debe seguir y las garantías que han de observarse en la aplicación de dicha prestación. Como desarrollo de la Ley la Comisión de Garantía y Evaluación de Castilla-La Mancha verificará de forma previa, y controlaran a posteriori, el respeto a la Ley y los procedimientos que establece para cada caso particular.

 

El reconocimiento del nuevo derecho requiere tareas mucho más amplias que la puesta en práctica de las prestaciones que de ello se deriven. La Ley así lo establece cuando dice que las administraciones sanitarias competentes habilitarán los mecanismos oportunos para dar la máxima difusión a la presente Ley entre el personal profesional sanitario y la ciudadanía en general.

 

Para dar respuesta a esta tarea de difusión se ha elaborado un folleto informativo, que mostramos a continuación, que contiene en grandes rasgos las principales características de la Ley y pretende dar a conocer los términos del nuevo derecho y sus implicaciones al personal profesional sanitario y a la ciudadanía, así como facilitar el conocimiento y acceso al mismo.