La gestión de los Derechos de Propiedad Intelectual (DPI) se regulará en los futuros pliegos de condiciones por los que se rijan las licitaciones de CPI. Sin perjuicio de lo anterior, no se estima necesario el requerimiento de royalties sobre las ventas de la innovación a terceros.
No obstante, este punto es objeto de consulta y la decisión final estará condicionada por los resultados de la Consulta Preliminar al Mercado.
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